El TS fija doctrina para la protección del tercero adquirente de buena fe en los supuestos de doble inmatriculación de una misma finca 10 de junio de 2015 Jurisprudencia Doble inmatriculación La diligencia exigible por el tercero adquirente, a efectos del artículo 34 LH, no puede plantearse en abstracto respecto del examen de cualquier defecto, vicio o indicio que pudiera afectar a la validez y eficacia del negocio dispositivo realizado, sino que debe valorarse, necesariamente, en el marco concreto de la impugnación efectuada por el titular extraregistral del bien.